Bienvenida de la alcaldesa
Amparo Navarro Bargues - Alcaldessa de Benissanó

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Amparo Navarro Bargues
Alcaldesa de Benissanó

 

Publicadas las Ayudas Paréntesis Plan Resistir

Publicadas las Ayudas Paréntesis Plan Resistir

El Ayuntamiento de Benissanó ha aprobado la convocatoria de las Ayudas Paréntesis del Plan Resistir, dirigidas a autónomos y microempresas que desarrollan su actividad en los sectores que se han visto más afectados por las medidas de contención de la pandemia originada por la covid-19, cuya actividad se ejerza en el término de Benissanó.

El importe total de las Ayudas asciende a 71.752 euros, de los cuales el Ayuntamiento realiza una aportación de 10.762,8 euros.

El plazo de presentación de solicitudes es del 10/03/2021 al 31/03/2021, ambos incluidos.

A continuación tenéis toda la información necesaria para la presentación de las solicitudes.

Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes será de 15 días hábiles, a contar a partir del día siguiente a la publicación del extracto de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Provincia de Valencia. Por lo tanto, el plazo comienza el 10/03/2021 hasta el 31/03/2021 (Ambos incluidos).

Beneficiarios

Serán beneficiarios de las ayudas las personas físicas y jurídicas, que reúnan la condición de autónomos o microempresas, que lleven a cabo alguna de las actividades incluidas en el Anexo I, siempre que cumplan los siguientes requisitos:

a) Que la actividad económica sea desarrollada por un autónomo/a o una microempresa que no tenga más de 10 trabajadores/as en su plantilla que estén dados de alta en el régimen de la Seguridad Social o en la mutua profesional correspondiente y en la Agencia Estatal de Administración Tributaria a fecha 31 de diciembre de 2020.

b) Estar dado de alta en alguna de las actividades (IAE) de los sectores identificados en el Anexo I de esta convocatoria, con fecha anterior a la publicación en el BOP de la misma.

c) Que la actividad se ejerza en el término municipal de Benissanó. En el caso de no tener local afecto a la actividad, el domicilio fiscal debe encontrarse en el término municipal de Benissanó con fecha anterior al día 1 del mes en que se presente la solicitud.

d) Que se encuentren en funcionamiento a fecha de 31/12/2020.

e) Que no se encuentren incursas en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, que estén al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con la Hacienda estatal (AEAT) y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS).

f) No tener deuda pendiente de cualquier naturaleza cuyo periodo de plazo de pago voluntario haya vencido con el Ayuntamiento de Benissanó, requisito que debe cumplirse en la fecha de presentación de la solicitud.

A estos efectos se considera como microempresa la definida conforme el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014 de la Comisión Europea, de 17 de junio de 2014, es decir, aquella que ocupa un máximo de 10trabajadores, y cuyo volumen de negocios anual o cuyo balance general anual no supera los 2 millones de euros.

Documentación a aportar por los interesados

– Solicitud Plan Resistir (Anexo II), debidamente cumplimentado y firmado.

– NIF por las dos caras o NIE acompañado del pasaporte, de la persona o representante de la empresa solicitante.

– Certificado actualizado de la situación censal, que indique la actividad económica con su fecha de alta, el domicilio fiscal y, en su caso, el del local de desarrollo de la actividad.

– Documentación acreditativa del número de trabajadores a 31 de diciembre de 2020, adjuntando los TC2 del mes de diciembre, únicamente para el caso de tener contratados a trabajadores.

– Mantenimiento de terceros (Anexo V), debidamente cumplimentado y firmado por la entidad bancaria, o Certificado de titularidad de la cuenta bancaria que se ha indicado en la solicitud. Esta cuenta deberá pertenecer a la persona o empresa solicitante de la subvención.

– Cuenta Justificativa (Anexo IV), con indicación de la relación clasificada de los gastos, así como las facturas y demás documentos de valor probatorio equivalente con validez en el tráfico mercantil, por importe neto mínimo de 2.000 €, en los términos del apartado 9 de la Convocatoria. Deberá acompañarse el correspondiente justificante bancario de pago e identificación de la persona o empresa destinataria.

– Poder de representación del representante legal (Anexo III), en su caso.

– Certificado de estar al corriente con las obligaciones de la Seguridad Social.

– Certificado de estar al corriente con las obligaciones tributarias.

 

En caso de ser persona jurídica:

-Acreditación de los poderes de la persona administradora y de la que presenta la solicitud, en caso de no ser la misma persona, en cuyo caso se aportará poder de representación (Anexo III).

Cuantía de las ayudas

La cuantía individualizada a percibir por los beneficiarios se determinará en la resolución de concesión mediante la aplicación de los siguientes criterios:

– Una cantidad máximade 2.000 € por cada persona trabajadora autónoma o microempresa con un máximo de 10 personas trabajadoras en los sectores identificados en el Anexo I.

– Una cantidad fija de 200 € por persona trabajadora afiliada a la Seguridad Social a fecha de 31 de diciembre de 2020 de dichas microempresas y personas trabajadoras autónomas en los sectores identificados en el anexo I.

En ningún caso el importe de las ayudas podrá ser superior al importe de los gastos justificados por los beneficiarios.